Denuncias por vivienda

Contra la vivienda indigna. V de Vivienda. Todos juntos podemos.

domingo, julio 13, 2008

La crisis condiciona a los municipios

J. G./ Gaceta de los Negocios

Educación, sanidad, seguridad, protección civil, asistencia social, son algunos de los servicios que prestan los ayuntamientos a los ciudadanos. Pese a que originariamente se trataba de transferencias propias de las comunidades, ahora, son una amplia mayoría de municipios los que a través de sus concejalías desempeñan esta labor. Se trata de las llamadas competencias impropias, cuya gestión de los últimos años está dejando en muy buena posición a los ayuntamientos. Sin embargo, la crisis económica puede poner contra las cuerdas este modelo. Las comunidades están remisas a ceder la financiación necesaria para estos servicios, lo que deja abierta la puerta a una subida de la presión fiscal municipal si no se quiere que se deterioren los servicios.

La próxima semana la comisión técnica de la FEMP tiene previsto elaborar un informe que contendrá la propuesta que presentarán los ayuntamientos para la negociación del nuevo modelo de financiación. De aquí tendrá que salir el sistema por el que se regirán las arcas de los más de 8.000 municipios españoles. Será un modelo que se negociará a tres bandas: Gobierno central, CCAA y ayuntamientos y, por tanto, en paralelo con la financiación autonómica.

La Federación Española de Municipios y Provincias cuantificó en 7.000 millones de euros estas competencias impropias, cifra que será la base de la negociación del nuevo modelo. Para el presidente de la FEMP, Pedro Castro, esta cantidad debería financiarse en un 33% por cada una de las administraciones, es decir a partes iguales entre Estado, comunidades y municipios, de forma que se mejore la redistribución de los recursos.

Este importante ramillete de “competencias impropias” delegadas en su mayor parte por las autonomías, se ha hecho sin financiación adecuada, lo que se ha convertido en un “dardo envenenado” cada vez más complicado de financiar. De no obtener la financiación adecuada, los municipios españoles no tendrán más remedio que hacer uso de su capacidad normativa y subir impuestos o, de no hacerlo, reducir la calidad de los servicios que prestan al ciudadano. El Impuesto de Bienes Inmuebles jugará un papel fundamental. El IBI es el tributo municipal por excelencia que en 2009 presentará un lavado de cara. Tendrá elementos de progresividad en función del nivel de rentas del contribuyente, al tiempo que podría bajar para familias numerosas o si hay parados de larga duración.

También podrían pagar más aquellos propietarios que no residan habitualmente en un inmueble o incluso aproximar el valor catastral y de mercado. Todo ello se traduciría en un incremento de la recaudación por este impuesto.

Pese a estas reducciones la amplia mayoría de los ciudadanos tendría que pagar más, lo que se traduciría en un importante aumento de la presión fiscal municipal.

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lunes, marzo 31, 2008

El IBI sustituirá a la construcción en la financiación de los ayuntamientos

Agustí Sala/ elperiodico
Barcelona


• Huguet crea polémica al invitar a subir los tipos y trasladar el coste a las segundas residencias
• Muchas ciudades llevan más de una década sin revisar el catastro y podrían hacerlo este año


Llega el turno de los municipios. El Estado ha visto reducido su superávit por la crisis inmobiliaria y las autonomías, sus ingresos. ¿Qué sucede con los ayuntamientos? La impresión general del mundo municipal es que el impacto depende del peso de la construcción en su territorio y en su recaudación, pero ya han surgido iniciativas encaminadas a mejorar los recursos, en especial los de las localidades turísticas.

Muchas llevan más de 10 años sin solicitar una revisión de los valores catastrales --algunas hasta 20 años--, que son los que sirven de referencia para aplicar el impuesto de bienes inmuebles (IBI), el principal tributo de los municipios y que resurge como instrumento para mejorar la financiación municipal. Esa modificación se produce a petición del municipio, que puede solicitarla al menos cinco años después de la anterior.

El conseller de Innovació de la Generalitat, Josep Huguet, generó esta semana polémica al invitar a los municipios turísticos a "mover ficha" y, aun reconociendo que es necesaria una reforma en profundidad de la financiación local, les recordó que pueden elevar el tipo del IBI y trasladar el grueso del coste a los titulares de segundas residencias mediante un sistema de ventajas fiscales a los residentes y empresarios de la zona.

Tanda de subidas

Lo que se da por hecho es que este año se iniciarán procesos de revisión catastral "porque todavía faltan tres años para las próximas elecciones a los ayuntamientos y estos procedimientos duran más de un año", según admiten fuentes del mundo municipalista. Una revisión en la actualidad permitiría recoger buena parte de los aumentos de valor acumulados durante la etapa de boom inmobiliario.

Lo cierto es que hay grandes ciudades catalanas como Badalona (1998), Terrassa (1997), Santa Coloma de Gramenet (1996) y capitales de provincia como Girona (1990) en las que hace más de una década que no se revisa el catastro. Lo mismo sucede en localidades catalogadas como turísticas por la ley catalana, lo que les permite aplicar determinados recargos y medidas para paliar los efectos de crecimiento de población que sufren durante determinadas épocas del año. Mientras que unas han llegado al techo en cuanto a tipos, como Palamós (1,1%) y Cunit (1,1%), otras los han mantenido bajos sin mediar además revisión catastral desde hace años, como Lloret (1989) y El Vendrell (1997).

Pero la mera insinuación de una revisión catastral enciende las alarmas en muchos ayuntamientos por el malestar que genera en la población pese a que, desde el 2002, se gradúa el alza a lo largo de 10 años para suavizar su efecto sobre el IBI.

La concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Barcelona, Montserrat Ballarín, admite que "la mayoría de municipios tienen recorrido al alza en los tipos", pero destaca que "la trampa" es el valor catastral, que debería fijarse de forma técnica y no a petición del municipio. En Barcelona, la última fue en el 2002 y aún se está aplicando de forma gradual.

En la anterior legislatura, el PSOE planteó la actualización automática de los valores catastrales, que suelen situarse en teoría en torno al 50% del valor de mercado de las viviendas. Pero el proyecto se aparcó.

El vicepresidente económico en funciones, Pedro Solbes, reconoció que la reforma de la financiación local se llevará a cabo a la vez que la autonómica. Huguet destaca que la práctica supresión del IAE por parte del PP supuso "la estocada final" al sistema vigente.

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jueves, febrero 14, 2008

El 'catastrazo' que viene

A. Espejo/ diariodejerez
Jerez


Agentes económicos y sociales, asociaciones vecinales, organizaciones y partidos de la oposición han puesto el grito en el cielo ante lo que se ha dado en llamar el 'catastrazo', la revisión catastral del término municipal que supone una agresión al bolsillo de los ciudadanos por las consecuencias, vía impuestos, que a corto o medio plazo tendrá la actualización de los valores de los inmuebles jerezanos tras 17 años en el olvido.

El director general del Catastro, Jesús Miranda Hita, comparecerá hoy ante el Consejo Económico y Social (CES) para ofrecer explicaciones de un proceso marcado por la elección de los máximos valores permitidos para el suelo y las construcciones, equiparando a Jerez con ciudades como Madrid o Barcelona en lo que al valor de los inmuebles atañe.

Al margen de la pasividad del Ayuntamiento, que no encontró motivo alguno para alegar ante la selección de unos criterios que se antojan desorbitados para una ciudad, que por muy importante que sea, está a años luz de las principales urbes españolas, la revisión catastral deja muchas preguntas en el aire para los colectivos y particulares que se quejan de falta de información y que consideran que las explicaciones llegan tarde.

Entre las dudas razonables, quienes cuestionan el proceso se preguntan por los motivos que, con carácter excepcional y transitorio, llevaron a la Administración central a modificar los plazos legalmente previstos para permitir que la revisión catastral, con alcance para un número limitado de municipios, entre ellos Jerez, tenga validez inmediata a efectos fiscales, es decir, que se adelante un ejercicio su aplicación sobre las fechas de entrada en vigor que establecen las leyes generales.

Como en muchos otros aspectos relacionados con el inverosímil proceso que ha determinado la revisión catastral y su acelerada entrada en vigor, distintas fuentes consultadas por este medio no encuentran explicación lógica, si bien apuntan a la responsabilidad del Ayuntamiento, que podría haber descuidado la vigilancia y seguimiento de la ponencia de valores, para encontrarse ahora con una pelota de nieve y limitadas posibilidades para reaccionar.

Puestos a conjeturar, también hay quien encuentra una extraña coincidencia entre la alteración de los plazos y la imperiosa necesidad de ingresos de las debilitadas arcas municipales, a las que se daría un respiro para hacer frente a la cuantiosa deuda que mantiene el Ayuntamiento con la Seguridad Social y que, recuerdan, negoció la alcaldesa, PIlar Sánchez, en Madrid para arrancar un acuerdo in extremis a Hacienda por el que consiguió eludir la retención de la Participación en los Ingresos del Estado (PIE).

Pero al margen de estas hipótesis, juristas, profesionales del sector inmobiliario, representantes vecinales y de otros colectivos sociales, así como los partidos de la oposición coinciden en señalar que la revisión catastral de Jerez está plagada de errores incomprensibles -en el ámbito urbano sorprende la reiteración en la valoración de viviendas y locales por encima incluso del valor de mercado, mientras en el rústico se han registrado múltiples casos de incrementos por encima del 1.500% por la consideración de invernaderos y construcciones agrícolas como bienes inmuebles- y que, según la opinión generalizada, sólo se explican por la precipitación.

En circunstancias normales, y de cara a la entrada en vigor este año de los nuevos valores, el plazo para la aprobación y publicación de las ponencias de valores, cualquiera que sea su clase, habría finalizado en julio del año pasado, mientras que la notificación individual de los nuevos valores tendría el 31 de diciembre de 2007 como fecha límite. Rebasadas estas fechas, y de acuerdo con el texto refundido por real decreto de la Ley del Catastro Inmobiliario, la revisión catastral de Jerez habría tenido efecto en enero de 2009.

Sin embargo, los propietarios de inmuebles en Jerez, como del resto de municipios sujetos a la última revisión catastral -Almería, Estepona, Vélez-Málaga, Chiclana, Castellar...), han visto recortados los tiempos por la Ley de medidas para la prevención del fraude fiscal, que acompaña a los Presupuestos Generales del Estado, y por la que se amplían hasta el 31 de octubre de 2007 el plazo para la presentación y aprobación de las ponencias, y hasta el 1 de marzo de 2008 para la notificación de los nuevos valores catastrales, sin perjuicio, aclara el texto, de su efectividad desde el 1 de enero.

Por otra parte, la ley reguladora de las Haciendas Locales establece en el artículo 72.6 de su texto refundido que "los ayuntamientos que acuerden nuevos tipos de gravamen, por estar incurso el municipio respectivo en procedimientos de valoración colectiva de carácter general, deberán aprobar dichos tipos provisionalmente con anterioridad al inicio de las notificaciones individualizadas de los nuevos valores y, en todo caso, antes del 1 de julio del año inmediatamente anterior a aquel en que deban surtir efecto".

Es decir, sin las modificaciones transitorias, el Ayuntamiento habría tenido tiempo suficiente para estudiar el impacto de la revisión catastral en el término y reaccionar con una bajada del tipo de gravamen del IBI, la misma que anuncia para el próximo ejercicio la alcaldesa, en el primer año de apliación de los nuevos valores y sin tener que recurrir a complejas fórmulas de bonificación.

Cabe recordar, en este sentido, que el gobierno municipal se escudó en la falta de tiempo material y de la documentación necesarias sobre los nuevos valores catastrales para bajar el tipo del impuesto del IBI, de ahí su decisión de limitar la subida para este año del impuesto hasta un 7% -más de dos puntos por encima del IPC- tras el pleno de aprobación de las nuevas ordenanzas fiscales.

Por lo demás, llama la atención el escaso ruido en torno a los preámbulos de la revisión catastral de Jerez, cuando en anteriores ocasiones se han realizado intensivas campañas para mantener informados a los ciudadanos de los municipios afectados.

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lunes, noviembre 26, 2007

El Gobierno no regulará el recargo sobre el IBI en las viviendas vacías al no poder tipificarlas

EP/ suvivienda
Madrid


* El Ejecutivo ha intentado basarse en consumos medios de agua y electricidad
* Se tanteó el criterio utilizado por el INE para la elaboración del padrón de viviendas
* 189 municipios han acordado en sus respectivos plenos aplicar el recargo en el IBI


El Gobierno agota la legislatura sin haber podido desarrollar el reglamento necesario para poder aplicar un recargo del 50% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de las viviendas vacías, como prevé la Ley Reguladora de Haciendas Locales, al no haber podido concretar hasta la fecha una definición de vivienda desocupada permanentemente.

Según lo establecido en la Ley, promulgada por el PP en 2002, "tratándose de inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente, por cumplir las condiciones que se determinen reglamentariamente, los ayuntamientos podrán exigir un recargo de hasta el 50% de la cuota líquida del impuesto".

Ante este problema técnico, no ha sido posible aprobar desde entonces norma alguna, ni de rango reglamentario ni, como se planteó en segunda instancia, de modificación del precepto legal para incorporar los requisitos necesarios para la aplicación del recargo.

El Ejecutivo asegura que la Dirección General del Catastro ha trabajado en el estudio de fórmulas basadas en consumos medios de agua y, especialmente de electricidad, que permitiesen, sin acudir a la inspección directa, establecer unas "presunciones" a partir de las cuales pudiera determinarse la desocupación del inmueble.

Sin embargo, estas modalidades no han acabado de ofrecer las "garantías necesarias". En primer lugar, porque las estadísticas de consumos energéticos se llevan a cabo a partir de cuestionarios rellenados por las empresas suministradoras y que, por ello, no suponen estadísticas con un nivel de desagregación suficiente.

En segundo lugar, y a efectos de establecimiento de un umbral mínimo de consumos, el Gobierno se encontró con que éstos no son homogéneos en todo el territorio nacional, debido a variables como el número de habitantes por abonado, la climatología, etc.

Por todo ello, el Ejecutivo considera que la traslación de estos datos a una presunción de desocupación de la vivienda "no es clara", por lo que habría que acudir a otras fuentes de información, o limitarse a un censo construido a partir de las declaraciones de los propietarios, que, por un lado contaría con escasa posibilidad de comprobación posterior, y tendría, además, un rigor técnico, al menos, "cuestionable".

Otros intentos

Con todo, hasta llegar a considerar los consumos medios de agua o electricidad, el Gobierno ha barajado otras alternativas para definir el concepto de vivienda desocupada con carácter permanente.

Así, se tanteó el criterio utilizado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) para la elaboración del padrón de viviendas, cuya última actualización, correspondiente a 2001, estimó que este parque de viviendas rondaba los tres millones de inmuebles.

Según el glosario de esta encuesta, el concepto de vivienda vacía se refería al inmueble familiar que no es residencia habitual de ninguna persona ni es utilizado de forma estacional, periódica o esporádica por nadie.

Sin embargo, el Gobierno considera que esta definición no puede ser utilizada con fines tributarios, puesto que no fija un plazo temporal ni otras condiciones específicas para la desocupación.

Por otro lado, la mera oferta en alquiler o venta de vivienda tampoco sería técnicamente un buen criterio delimitativo a efectos tributarios, ya que esta oferta, "para ser efectiva, y por lo tanto entrar en el supuesto de desocupación que se pretende gravar con el recargo, debería serlo a precios y condiciones habituales de mercado que habría que delimitar previamente", matiza el Gobierno.

Por último, el Ejecutivo señala que habría que 'sacar del saco' a los apartamentos turísticos vacacionales, a las viviendas arrendadas por empresas en virtud de relación laboral, las dedicadas a multipropiedad o los inmuebles militares desocupados.

Las Comunidades Autónomas van por delante

Sin embargo, ante los problemas observados por el Gobierno, algunas comunidades autónomas han mostrado menos escrúpulos a la hora de descongestionar sus respectivos parques de viviendas vacías.

Es el caso del País Vasco, cuyo proyecto de Ley de Vivienda, aún en tramitación, incluye un gravamen de 9 euros diarios, durante el primer año de desocupación, y de 12 en el segundo, en el caso de las viviendas declaradas desocupadas por procedimiento administrativo, entendiendo por ello aquellas a las que no se ha dado uso a lo largo de un año, al margen de los supuestos de segunda vivienda u otras causas justificadas como enfermedad o motivos de trabajo.

Por su parte, el proyecto de la Ley del Derecho a la Vivienda de Cataluña, actualmente en trámite en el Parlament, prevé la expropiación temporal de pisos cuando sus propietarios lo mantengan desocupado de forma permanente y hayan rechazado todas las posibilidades para ayudarles a sacarlo al mercado de alquiler. En este caso, se entiende por vivienda vacía aquella que ha estado desocupada de forma permanente, sin causa justificada, por un periodo de dos años.

Ayuntamientos a la espera

Por otro lado, hasta 189 municipios han acordado en sus respectivos plenos aplicar el recargo en el IBI a la espera del desarrollo reglamentario preceptivo, según datos del Catastro correspondientes al año 2007. De ellos, un total de 70 (el 37% del total) se encuentran en Islas Baleares.

Además, otros 29 municipios pertenecen a Castilla-La Mancha, comunidad autónoma a la que sigue Castilla y León, con 22 municipios. Completan la lista Extremadura (16), Galicia (12), Andalucía (9), Cataluña (9), Aragón (8), Valencia (8), Canarias (4), y Cantabria y Melilla, ambas con un municipio cada una.

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jueves, octubre 11, 2007

Menos construcción, más IBI

En 20 de las 52 capitales españolas ha subido este año el impuesto de bienes inmuebles.

JAVIER MERINO / 20minutos.es, 11.10.2007

En 20 de las 52 capitales españolas ha subido este año el impuesto de bienes inmuebles ante el riesgo de pérdida de ingresos por la desaceleración del mercado inmobiliario.

La ralentización en la venta, la moderación de las subidas de precios, el frenazo en la suscripción de hipotecas... Son varios los indicadores que señalan que, tras más de diez años de expansión, el ciclo del mercado inmobiliario está cambiando. Ésta es la causa que, según los analistas, ha empujado a los ayuntamientos de 20 de las 52 capitales españolas a subir el impuesto de bienes inmuebles (IBI), según se desprende del Ranking tributario de los municipios españoles elaborado por la Agencia Tributaria de Madrid.

Ante las previsiones de desaceleración, los ayuntamientos se ponen a salvo. No en vano, los impuestos y tasas relacionados con la construcción les suponen unos ingresos cercanos al 40% del total.

Se paga cada año y supone la principal fuente de financiación por vía tributaria de los ayuntamientos

Su manera de compensar pérdidas –por la bajada del ritmo de la construcción y, por tanto, la emisión de licencias y el pago de tasas– es el incremento del impuesto sobre los bienes inmuebles (IBI), que ya es la principal fuente de financiación, por vía tributaria, de los consistorios.

Las que suben y bajan

Encabeza la lista de los incrementos Cáceres, donde el IBI sube un 15,52%, pasando de una media de 52,47 euros en 2006 a 60,61 en 2007. Le sigue Girona, con una subida del 5,13% (de 46,88 a 49,28 euros). En tercer lugar se sitúa Vitoria, donde el tributo medio ha subido de 20 a 20,91 euros , con un incremento del 4,57%.

En el lado opuesto se sitúa Ceuta, donde ha bajado el IBI un 30%. En esta ciudad, el impuesto ha pasado de los 34,34 euros de 2006 a los 24,04 de 2007. La segunda bajada más importante se ha producido en Albacete (un 5,66%), lo que reduce los 68,58 euros de la media del año pasado a los 64,7 del presente ejercicio. Cierra el podio Ávila, con una rebaja del 1,82%, pasando de 66,9 a 65,68 euros de media.

¿Cuánto pago yo?

A Coruña. El impuesto pasa de 46,43 euros de media en 2006 a 48,22 este año.
Alicante. Se mantiene en los 64,48 euros.
Barcelona.La capital catalana tampoco mueve el tributo, que sigue en 75,83 euros de media.
Bilbao. Esta ciudad pasa de 57,23 a 58,35 euros.
Encabeza la lista de los incrementos Cáceres, donde el IBI sube un 15,52%
Córdoba. Sube de 64, 8 a 65,38 euros.
Granada. No varía. Sigue en los 80,60 euros de media.
Madrid. La capital sube de 56,42 a 57,94 euros.
Málaga. Esta ciudad no sube el impuesto, que se mantiene en los 73,39 euros de 2006.
Murcia. Es una de las cinco capitales que rebaja el pago: de 77,41 a 76,29 euros.
Oviedo. Pasa de 74,26 a 77,03 euros.
Sevilla. Se mantiene en los 86,81 euros.
Valencia. El impuesto tampoco varía. Es de 86,06 euros de media.
Valladolid. Aquí sube de 59,98 euros de media a 62,2.
Zaragoza. Se mantiene en la media de 60,41 euros.

¿Cómo se calcula?

Este impuesto, más conocido como contribución, se paga todos los años, aunque el mes depende de cada ayuntamiento. Su cálculo depende de la multiplicación de dos variables: el valor catastral de la vivienda –el valor del suelo más el de la construcción, que fija la Dirección General del Catastro– y un tipo impositivo, cuyo valor decide cada consistorio. Éste último es el responsable de las subidas de este año.

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