Denuncias por vivienda

Contra la vivienda indigna. V de Vivienda. Todos juntos podemos.

miércoles, junio 03, 2009

Baleares garantiza por ley ropa, comida y techo a sus ciudadanos

Agencias/ publico
Palma


El pleno del Parlament balear aprobó este lunes, con la abstención del PP, la Ley de Servicios Sociales que establece que todo ciudadano tendrá garantizados unos mínimos de comida, ropa y techo, y una asistencia que evite el riesgo de exclusión social y mejore su calidad de vida. Es la primera vez que una comunidad autónoma aprueba una ley de estas características, informa EP.

A partir de la aprobación de la normativa, se inicia un periodo transitorio de 18 meses que servirá para que el Govern balear elabore una cartera de servicios sociales que se aprobará por decreto y que, como elemento básico de la Ley, definirá los "derechos subjetivos" que cualquier persona podrá reclamar ante los tribunales.

Bolsas de alimentos y becas

De acuerdo a lo establecido en la nueva ley, una vez se haya valorado técnicamente que una persona o familia se encuentra en situación de necesidad que le impide acceder a una alimentación suficiente, la Administración estará obligada a suplirla a través de diversas posibilidades, como el establecimiento de comedores sociales, bolsas de alimentos y becas. Si la Administración no lo hace, el afectado podrá acudir a tribunales para exigir el cumplimiento de este derecho subjetivo a no pasar hambre.

La consellera de Asuntos Sociales del Govern, Fina Santiago, destacó durante su intervención en el Parlament que, aunque otras comunidades tienen medidas similares, las Islas Baleares se convierten en la primera región que vincula a una ley la garantía de estos derechos, en las mismas condiciones que la sanidad y la escolarización gratuita.

La consellera recalcó que con la nueva normativa, que contiene un total de 139 artículos y cuatro disposiciones, el Govern prevé, entre otras medidas, planificar y garantizar la cobertura de las prestaciones. Santiago también aclaró que, para la elaboración de la normativa, se ha seguido un proceso "muy participativo".

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lunes, diciembre 10, 2007

Derechos sociales, derechos humanos

DENUNCIAS POR VIVIENDA

Hoy se celebra el 59º aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, derechos siempre tan en boca de políticos, intelectuales y periodistas. Tan importantes son, que en nombre de ellos se ha pretendido justificar, con mayor o menor acierto, injerencias en otros países o incluso invasiones militares.

Cuando hablamos de Derechos Humanos nos suelen venir a la mente los casos de la tortura, de la pena de muerte, de la discriminación, de la explotación infantil o de la violencia contra las mujeres. Pero se olvidan casi siempre los derechos sociales que cierran los 30 artículos de la Declaración.

Por un lado, el derecho a una vivienda, entre otros derechos sociales básicos:

Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Del mismo modo que también se ningunean artículos referentes al ámbito laboral:

Artículo 23

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Así que, cuando oigamos a nuestros dirigentes justificar con los derechos humanos sus decisiones, haríamos bien en recordarles que la carencia de una vivienda adecuada o la precariedad en el empleo son también vulneraciones de la Declaración Universal.

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