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martes, octubre 09, 2007

Los ayuntamientos catalanes perseguirán el 'mobbing' inmobiliario

Glòria Ayuso/ publico

Los ayuntamientos catalanes o, en su defecto, la Generalitat, tendrán potestad para perseguir y sancionar a los propietarios que practiquen mobbing inmobiliario o que promuevan la sobreocupación de una vivienda. La Ley del Derecho a la Vivienda, que la comisión parlamentaria aprobará mañana, se propone erradicar estas actividades con multas de hasta 900.000 euros.

El alza de los precios del mercado inmobiliario han conducido a casos de propietarios que intentan echar de forma ilegal a inquilinos que pagan una renta baja, o que alquilan un piso a más personas de las que caben, mayoritariamente inmigrantes, para extraer un mayor beneficio económico. Más allá del alquiler forzoso, la medida más polémica que incluye la Ley, la normativa intenta solucionar los problemas de infravivienda y asedio.

El asediador responderá

La Ley catalana define por primera vez el asedio inmobiliario como una discriminación. El documento lo asimila al mobbing laboral y acoge las directrices europeas sobre cómo tratar este tipo de asedio trasladándolas a los acosos inmobiliarios. La novedad es que se invierte la carga de la prueba: si hay indicios de conflicto, no deberá ser la víctima de mobbing la que tenga que probar esta situación, sino que deberá ser el presunto asediador el que deberá demostrar que no está provocándola.

A la práctica, un informe de la Policía Local según el cual una vivienda no cuenta con agua ni con luz puede motivar la apertura de un expediente. El ayuntamiento investigará si el propietario ha provocado la disfunción y podrá sancionarlo. La Ley considera el mobbing inmobiliario como una infracción grave o muy grave, lo que puede conducir a multas de 90.000 hasta 900.000 euros. "La normativa deberá aplicarse bien, de lo contrario podría desprestigiarse", advirtió ayer la presidenta de la comisión parlamentaria que ha trabajado en la Ley, Dolors Clavell (ICV-EUiA).
La sobreocupación de una vivienda, hasta ahora no tipificada, también está considerada por la Ley como falta grave o muy grave y será sancionable por parte de los ayuntameintos.

En los casos más flagrantes, se podrá incluso expropiar la vivienda. Antes, sin embargo, deberá aprobarse un decreto que se está elaborando y que prevé ver la luz a finales de año, según la directora general de Vivienda de la Generalitat, Carme Trilla. Esta nueva norma estipulará el número de personas que pueden habitar por metros cuadrados de vivienda. Habrá tratamiento diferenciado según cada caso: no será punible si se trata de una sola familia. En cambio se perseguirá "la existencia de contratos ilegales, el mal uso de la vivienda y si se causa molestais a los vecinos de la comunidad", explicó Trilla.

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