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martes, febrero 12, 2008

Banca ética: Coop57 convoca un acto público informativo para ahorradores individuales

Jueves 14 de febrero a partir de las 19.00h. Traficantes de Sueños, C/ Embajadores, Lavapiés, Madrid

Coop57 es una cooperativa de servicios financieros destinada a conceder préstamos a proyectos de la economía social. La cooperativa se inició en 1995 en Cataluña, en 2005 se creó una sección en Aragón y en 2006 otra en la Comunidad de Madrid.

Los recursos económicos de Coop57 proceden de sus socios principalmente. Existen dos tipos de socios:

* Personas jurídicas agentes de la economía social (cooperativas, asociaciones, fundaciones, etc.)
* Personas físicas

No es una cooperativa de crédito, pues los personas físicas sólo pueden depositar sus ahorros, no pudiendo acceder a los servicios de financiación. Las personas jurídicas, sin embargo, pueden tanto aportar fondos como recibir financiación.

La Ley de cooperativas de Cataluña admite la figura del socio o de la socia colaborador. Los socios y las socias colaboradores son las personas que, sin ser socios en todos los efectos, se vinculan a COOP57 porque creen en su proyecto y quieren participar con sus ahorros en el desarrollo de un instrumento de financiación alternativo, ético y solidario.

Las motivaciones personales que llevan a los socios y las socias colaboradores a participar en COOP57 son varias, pero entre ellas podríamos destacar tres:

* Gestionar sus ahorros de forma coherente con sus propios principios éticos..
* Participar y colaborar con un proyecto cooperativo que ofrece la posibilidad de responsabilizarse del uso de los propios ahorros, es decir, la autogestión financiera. Los socios y las socias colaboradores pueden decidir dónde van a parar sus ahorros.
* Obtener un rendimiento financiero vinculado a un alto rendimiento social.

Condiciones para ser socio o socia colaborador de COOP57:

* Pueden ser socios y socias colaboradores todas las personas físicas que compartan los principios de finanzas éticas y solidarias de COOP57.
* Para adquirir la condición de socio o socia colaborador hay que desembolsar el capital mínimo obligatorio que, tal como establece el Acuerdo de 20 de noviembre de 1996, es de 300,51 euros.
El pago de esta cuantía se puede efectuar de forma fraccionada.
* El socio o socia colaborador puede hacer aportaciones adicionales las veces que quiera. También puede periodificar una aportación mensual de carácter fijo.

Derechos y deberes:

* Los socios y las socias colaboradores participan en la Asamblea de COOP57 con voz y voto. Su voto está sometido al límite que establece la Ley de cooperativas de Cataluña: no puede superar el 40% de la totalidad de los votos sociales.
Eligen el Consejo Rector (con el límite en su voto citado en el párrafo precedente), uno de cuyos miembros debe ser un socio o una socia colaborador.
* Los socios y las socias colaboradores no pueden recibir préstamos.
* El plazo de las aportaciones puede ser de un año o de tres años. En éste caso renovable por períodos iguales si no se manifiesta, con una antelación mínima de 60 días naturales, la voluntad de hacer efectivo el reembolso de la aportación a su vencimiento.
* Las aportaciones a 3 años se remuneran anualmente, en fecha 31 de diciembre, o en la feha de su vencimiento.
Las aportaciones a 1 año se renuevan en el momento de su vencimiento.
El interés lo fija anualmente la Asamblea a propuesta del Consejo Rector.
Para el año 2007, la Asamblea ordinaria, delebrada el 17 de Mayo, ha establecido un interés del 2,40% para las aportaciones a tres años, y del 2,20% para las aportaciones a un año.
* Se puede solicitar la devolución de las aportaciones por anticipado. En este caso se dejan de cobrar los intereses de los últimos meses, pero nunca se actúa sobre el capital aportado.
* Las aportaciones de los socios y las socias colaboradores se acreditan mediante títulos nominativos.
* Los socios y las socias colaboradores no responden por las deudas sociales de COOP57.
* Los socios y las socias colaboradores tienen derecho a acceder a la información de la actividad de COOP57. A este efecto, reciben el Boletín Informativo de COOP57, de periodicidad semestral, donde constan todos los proyectos aprobados y financiados.

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