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lunes, julio 28, 2008

La hipoteca no admite suspensión de pagos

V.Z. / Público.es - Madrid - 28/07/2008

Cada vez es mayor el número de familias que suspenden pagos o, mejor dicho, declaran concurso de acreedores. En el primer trimestre lo hicieron 66 particulares y se prevé que en el año ronden los 250. Los autónomos y hogares pueden acogerse a este procedimiento cuando son insolventes para pagar sus deudas y tienen más de un acreedor.

Pero no sirve para evitar el pago de la hipoteca, salvo que financie el inmueble donde se desarrolla una actividad empresarial. Lo habitual es que las deudas sean de créditos al consumo, la comunidad de vecinos o las tarjetas de crédito.

A simple vista, puede parecer un modo fácil de solucionar la incapacidad de pagar, pero no lo es. Inés Landín, directora del Refor, un órgano especializado del Colegio de Economistas, explica que es un proceso largo y muy caro (para una deuda de 30.000 euros puede costar 10.000 euros), aunque reconoce que en ocasiones no hay otra salida.

Durante el proceso, un juez nombra a un administrador concursal que vigila los movimientos económicos del hogar o bien los gestiona directamente. Lo normal es que entregue a la familia unos 500 euros al mes para alimentación y vestimenta, y el resto lo gestione él para intentar que los acreedores cobren lo más posible.

Tras unos meses de análisis, presenta un informe con el que se acuerda un convenio de acreedores con una quita de hasta el 50% de las deudas y un retraso de hasta cinco años en el pago, o bien se decide liquidar el patrimonio y repartir en proporción.

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